Indemnización por despido. ¿Qué medios puedes emplear para exigirla?

¿Sabes cómo exigir tu indemnización por despido? Existen varios medios para reclamar una indemnización por despido, tanto por vía judicial como extrajudicial. En este artículo te explicamos en profundidad cuáles son tus opciones.

No te pierdas las guías a las que enlazamos, donde tendrás toda la información relativa a:

  • Impugnación de despidos.
  • Reclamación de indemnización por despido.
  • Cálculo y reclamación de finiquitos.

Además, ponemos a tu disposición a nuestros colaboradores. Son expertos laboralistas que asegurarán el éxito de tus reclamaciones. Para ello solo tendrás que rellenar el formulario y, en menos de 24 horas, contarás con presupuestos gratuitos para que puedas elegir sin compromiso al abogado que mejor se adapte a tus necesidades.

Cómo reclamar la indemnización por despido

Aunque dispones de varias vías para reclamar tu indemnización por despido, los pasos generales son:

  1. Calcular el importe de tu indemnización. Es probable que para ello debas impugnar previamente tu despido.
  2. Iniciar las reclamaciones extrajudiciales. Te recomendamos contar con un abogado laboral, que se asegurará de reclamar la máxima indemnización. Además, te ayudará a seguir correctamente todos los pasos que debes dar cuando te despiden.
  3. Si es necesario, promover la correspondiente demanda ante el orden social. Tu letrado te asistirá y dirigirá tu defensa para garantizar tus intereses.

Qué indemnización por despido me corresponde

La cuantía de tu indemnización dependerá de tres factores:

  • Sueldo. Tu sueldo diario determinará la base de cálculo de tu indemnización por despido.
  • Tipo de despido y antigüedad en la empresa. El tipo de despido determinará los días de indemnización a los que tienes derecho. Cada tipo de despido da derecho a unos días de indemnización, que se incrementan cuanto mayor sea tu antigüedad en la empresa.

Puedes consultar en estos artículos la indemnización correspondiente al despido objetivo y al despido improcedente. Además, estamos trabajando en una calculadora para automatizar esta operación.

A modo de resumen, los días de indemnización que te corresponderán serán:

  • 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades para el despido objetivo (conforme se detalla en el art. 53 ET) o el despido colectivo (por extensión del anterior).
  • 33 días por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades para el despido improcedente. Si trabajaste antes del 12 de febrero de 2012, ese período devengará una indemnización de 45 días por año de servicio. La suma de ambos tramos no podrá superar las 42 mensualidades.
  • En principio, no te corresponde indemnización por despido disciplinario o nulo. Ello no impide que tu abogado laboral pueda conseguir una indemnización por los daños y perjuicios que deriven de la decisión extintiva.

Si has sido objeto de un despido disciplinario puedes impugnarlo para obtener derecho a la indemnización. ¿Quieres saber cómo? Te lo explicamos en nuestra guía rápida temática.

También disponemos de una guía sobre reclamaciones cuando el despido es de tipo objetivo.

laboralista.online

Reclamaciones extrajudiciales de indemnización por despido

¿Sabes cómo actuar ante un despido? A la hora de reclamar tu indemnización por despido deberás iniciar tus reclamaciones por la vía extrajudicial. En caso de que el empresario no quiera pagarte la indemnización debida podrás iniciar acciones judiciales.

La vía extrajudicial presenta las ventajas de ser más económica, pacífica y rápida que la vía procesal. Aunque solo estás obligado a asistir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), lo cierto es que dispones de otras opciones voluntarias que podrían evitarte el paso por los tribunales para reclamar tu indemnización por despido.

Es recomendable que cuentes con la asistencia de un abogado laboral desde que sospeches que el empresario no va a pagarte. Los plazos en el orden social son cortos, así que en caso contrario podrías perder el derecho a reclamar.

Por otro lado, la asistencia de un laboralista en las reclamaciones extrajudiciales puede incrementar tus posibilidades de éxito. Si necesitas los servicios de un abogado laboral para exigir tu indemnización por despido, LexGo App dispone de una herramienta gratuita, mediante la que podrás encontrar a un profesional a tu medida.

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    Reclamaciones ante el SMAC

    Antes de acceder a los tribunales, el trabajador debe intentar una solución amistosa frente al SMAC de su Comunidad Autónoma. Sin embargo, la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) excluye del ámbito de la conciliación o mediación algunas reclamaciones:

    • Procesos que exijan agotar la vía administrativa.
    • Relativos a Seguridad Social.
    • Impugnación de despido colectivo por los representantes de los trabajadores.
    • Disfrute de vacaciones.
    • Materia electoral.
    • Movilidad geográfica.
    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
    • Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
    • Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
    • Procesos iniciados de oficio.
    • Impugnación de convenios colectivos o de los estatutos de los sindicatos o de su modificación.
    • Tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
    • Procesos de anulación de laudos arbitrales y los de impugnación de acuerdos de conciliaciones, de mediaciones y de transacciones.
    • Acciones laborales de protección contra la violencia de género.

    Para reclamar tu indemnización por despido ante el SMAC debes presentar la papeleta de conciliación. Tu abogado laboral te ayudará a cumplimentar este trámite cuando vayas a exigir tu indemnización por despido. Para más información, en este artículo [estamos trabajando en ello] te informamos de cómo se tramita la reclamación frente al SMAC.

    Los elementos más destacables de estas reclamaciones son:

    • La papeleta debe presentarse en un plazo máximo de 20 días hábiles desde el despido.
    • Si no se celebra el acto en plazo de 30 días se tendrá por concluido el procedimiento.
    • La presentación de la papeleta de conciliación interrumpe la prescripción y suspende la caducidad de acciones.
    • La incomparecencia al acto puede conllevar la interposición de sanciones o la apreciación de temeridad.

    Características de la mediación laboral

    La mediación laboral es un instrumento para resolver conflictos entre la empresa y trabajador. Mediante el mismo, ambos tratan de alcanzar un acuerdo ayudados por un mediador, que no aportará soluciones, sino que facilitará la comunicación entre las partes.

    Al contrario de lo que ocurre en la mediación civil, el contenido del acuerdo de mediación resulta directamente ejecutable en el orden social. Es decir, si tu reclamación de una indemnización por despido tiene éxito pero el empresario no paga, tu abogado laboral podrá acudir a los tribunales a exigir el abono de la misma.

    La mediación laboral puede tener varios resultados:

    • Que el trabajador no se presente. En este caso, y siempre que esté dentro del plazo de 20 días hábiles desde el despido, podrá presentar de nuevo solicitud ante el SMAC.
    • Que la empresa no se presente. En este caso se levantará acta haciendo constar tal circunstancia. El procedimiento se declarará intentado y sin efecto, lo que permitirá al trabajador acudir a la vía judicial.
    • Que el acto termine con avenencia. Es decir, que se llegue a un acuerdo. En este caso se consignará el acuerdo en acta. El contenido del acuerdo resultará obligatorio para las partes y ejecutable en vía judicial.
    • Que el acto termine sin avenencia. En este caso el trabajador podrá acudir a la vía judicial.

    El arbitraje laboral

    Mediante el arbitraje laboral, empresario y trabajador someten el conflicto ante un tercero (árbitro) que tome una decisión sobre el asunto. Se trata, por tanto, de una solución heterocompositiva, similar al juicio. Sin embargo, la autoridad a la que someten la cuestión no es un juez sino un árbitro.

    Esto determina que, pese a ser un procedimiento menos formal y más ágil que el juicio, el laudo arbitral (decisión del árbitro) tenga la misma fuerza que una sentencia. Por tanto, si tienes éxito al reclamar tu indemnización por despido en el seno de un procedimiento arbitral y tu empleador no te paga, podrás exigir el cobro de tu indemnización con la ayuda de tu abogado laboral.

    El reconocimiento de deuda

    El reconocimiento de deuda es otro de los procedimientos extrajudiciales a los que puedes recurrir para exigir tu indemnización. Mediante este trámite el empresario reconoce que tiene una deuda de la que eres acreedor. Puede formalizarse en documento privado, aunque lo mejor es elevarlo a escritura pública ante Notario.

    Debes tener en cuenta que un reconocimiento de deuda no implica el pago inmediato de la indemnización por despido. Sin embargo, podrás ejecutarlo por vía judicial en el futuro. De modo que constituye una forma de garantizar el cobro en los casos en que el empresario alegue falta de liquidez transitoria.

    Hay quien recurre a esta opción por evitar la interposición de una demanda. En cualquier caso, es una opción menos garantista que las anteriores. Así que solo deberías recurrir a ella en caso de que así te lo aconseje tu abogado laboral.

    La denuncia a la Inspección de Trabajo

    El impago de una indemnización por despido es un incumplimiento de la normativa social. Como tal, debe ser perseguido y sancionado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

    Sin embargo, debes saber que la función de la ITSS se limita a garantizar el cumplimiento de la normativa del orden social. Esto significa que podrá sancionar el incumplimiento del empresario, pero no reclamar tu indemnización por despido.

    De modo que la denuncia a la ITSS puede tener dos objetivos:

    • Servir como elemento de presión para forzar al empresario a pagarte.
    • Y sancionar la conducta del empresario incumplidor.

    Pero en ningún caso cobrarás tu dinero por medio de una denuncia a la ITSS. Esta realizará las averiguaciones oportunas y, al constatar el impago, realizará al empresario el requerimiento correspondiente. En su caso, impondrá la sanción oportuna. Pero no podrá apremiar ni ejecutar al empleador para que pague tu indemnización.

    Por otro lado, las actuaciones de la ITSS suelen dilatarse en el tiempo. Y ten en cuenta que dispones de un plazo de 20 días hábiles para presentar tu demanda en caso de que la vía extrajudicial fracase.

    Cuando interpones una demanda social el procedimiento de la ITSS queda suspendido hasta que recaiga el fallo correspondiente. En consecuencia, lo más probable es que debas interponer demanda ante los tribunales y las actuaciones inspectoras se suspendan.

    Reclamaciones judiciales de indemnizaciones laborales

    Tu última opción es reclamar tu indemnización por despido por la vía judicial. Esta procederá:

    • Cuando la conciliación haya terminado sin avenencia o no se haya llegado a celebrar.
    • O bien cuando la materia esté excluida de su ámbito. En este caso nos referiríamos a los despidos nulos por vulneración de los derechos fundamentales. Sin embargo, como hemos señalado al inicio del artículo, el despido nulo no da derecho a una indemnización por despido, sino al reingreso en la empresa y al abono de los salarios de tramitación. Ello sin perjuicio de que puedas exigir la correspondiente responsabilidad civil, laboral e incluso penal. De hecho, el artículo 183 LRJS te da derecho a reclamar una indemnización por daños morales y otros asociados.

    En definitiva, si tu objetivo es únicamente exigir una indemnización por despido, solo accederás a la reclamación judicial si no tienes éxito en la vía extrajudicial.

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    Cómo funciona la reclamación judicial de indemnizaciones por despidos

    En las reclamaciones de indemnizaciones por despidos debes tener en cuenta dos plazos diferentes:

    • Dispones de un plazo de 20 días hábiles desde tu despido para impugnarlo. De modo que si debes dar este primer paso, el plazo para la interposición de la demanda es relativamente corto.
    • Y, por otro lado, dispones de un plazo de un año para ejercitar las acciones de reclamación de cantidad. Estas se sustancian por medio del procedimiento ordinario o monitorio (dependiendo de la cantidad). En cualquier caso, procederá este plazo cuando ya esté determinada la cuantía de la indemnización y no trates de impugnarla cambiando su calificación.

    En definitiva, tu abogado te indicará si estás ante un proceso de impugnación de despido o de reclamación de cantidad. Aunque en nuestras guías te ofrecemos más información para que puedas determinar tu situación y tus derechos, siempre que vayas a exigir una indemnización por despido te recomendamos acudir a un letrado especializado.

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