Indemnización por despido objetivo: finiquito, liquidación y reclamación

La indemnización por despido objetivo debe abonarse en el momento de comunicarse la decisión extintiva al trabajador. Simultáneamente, el empresario tendrá que entregar la liquidación o finiquito, en el que se incluirá entre otros conceptos la indemnización correspondiente.

Ya hablamos en otro momento acerca de las causas y consecuencias del despido objetivo. Por tanto, en este artículo vamos a centrarnos en:

  • El cálculo de la indemnización por despido objetivo.
  • La forma de ofrecer tal indemnización al trabajador.
  • Los medios de los que dispones para reclamar si el empresario calcula erróneamente tu indemnización por despido objetivo o no la abona en el momento debido.

La indemnización por despido objetivo

El artículo 53.b del Estatuto de los Trabajadores determina que la indemnización por despido objetivo asciende a:

  • 20 días de salario por año de servicio.
  • Con un máximo de 12 mensualidades.
  • Prorrateándose por meses los períodos inferiores al año.

Recuerda que también puedes cobrar una indemnización por fin de contrato temporal. Contacta con nuestros abogados si necesitas más información.

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Esta indemnización te corresponde por el mero hecho de ser despedido alegando causas objetivas. Es decir, al contrario de lo que ocurre con los despidos improcedentes, no hará falta que impugnes la decisión extintiva del empresario para tener derecho al cobro.

Además, en el caso de termines haciéndolo, la autoridad judicial podría declarar tu despido objetivo como:

  • Procedente. En este caso se confirmarán los efectos del despido y la cuantía de la indemnización.
  • Improcedente. Si el despido fuera calificado como improcedente, el empresario tendrá la facultad de optar entre readmitirte en la empresa o abonarte la indemnización correspondiente a este tipo de despido. Te invitamos a consultar el artículo correspondiente a la indemnización de despido improcedente para saber cómo se calcula esta cuantía.
  • Nulo. En caso de determinarse la nulidad del despido el empresario deberá readmitirte inmediatamente en la empresa. Tendrás que devolver la indemnización, sin perjuicio de que solicites otra por daños morales y otros derivados de la decisión extintiva. Además, tendrás derecho al cobro de los salarios de tramitación.
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Cómo se abona la indemnización por despido objetivo

Como decimos, el cálculo y abono de la indemnización por despido objetivo son independientes de la eventual impugnación del mismo. Por tanto, el empresario está obligado abonar la indemnización calculada como se ha determinado anteriormente en el mismo momento en que te comunique por escrito su decisión extintiva, conforme establece el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores.

Respecto al modo de pago nada dice el texto legal. En general, se entiende que se abonará del mismo modo en que se pagaba la nómina. Ello no impide que se haga un pago en mano o mediante cheque, transferencia bancaria o otros medios de pago.

Recuerda que, aunque aceptes esta indemnización, todavía podrás impugnar tu despido objetivo o exigir una indemnización mayor. Lo mismo se aplica a la impugnación individual de despidos colectivos.

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Lo que si vienen exigiendo la doctrina y jurisprudencia a la hora de abonar créditos salariales o laborales es que quede constancia de los mismos. En este caso, bastaría con la firma del recibí del finiquito.

Aunque dedicamos un artículo específico al finiquito, baste con recordar que se trata de un documento de liquidación de los créditos laborales pendientes de abonar en el momento de la extinción del contrato de trabajo.

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Reclamación de la indemnización por despido objetivo

Por último, debes saber que puedes reclamar tu indemnización por despido objetivo en dos sentidos:

  1. Por haber sido calculada erróneamente.
  2. O bien por no haber sido abonada simultáneamente a la entrega de la comunicación de la decisión extintiva.

En ambos casos deberás promover la papeleta de conciliación frente al SMAC. Aunque no sea preceptiva la asistencia de letrado te recomendamos contar con un laboralista que garantice el respeto de sus derechos e intereses. Te explicará cómo actuar ante un despido e incrementará tus posibilidades de éxito.

Si no dispones de un abogado laboral de confianza puedes encontrarlo rellenando nuestro formulario. Estudiaremos tu situación y te pondremos en contacto con hasta 3 profesionales especializados en indemnizaciones por despido objetivo. El servicio es completamente gratuito y puedes utilizarlo sin compromiso.

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    En cualquier caso, debes saber que dispones del plazo de un año para reclamar deudas laborales. Es decir, si tu empleador no te ha pagado la indemnización por despido objetivo en el momento de comunicarte su decisión, podrás exigir el pago por vía judicial siempre que no haya pasado un año desde la fecha de efectos del despido.

    Sin embargo, la impugnación de despidos tiene un plazo de tan solo 20 días hábiles. Esto implica que si no estás de acuerdo con tu indemnización o con el tipo de despido tendrás que acudir rápidamente a buscar el amparo judicial. En otro caso perderás la opción de presentar tu demanda por despido.

    En este artículo indicamos los medios de los que dispones para impugnar tus despidos y reclamar cantidades laborales. Sin embargo, debemos insistir en la importancia de que te dejes asesorar por un laboralista con experiencia en la materia.

    Los servicios de estos profesionales suelen ser económicos, y en ocasiones cobran a comisión. Esto implicará que no tendrás por qué pagar sus honorarios en el caso de que no consiga tu indemnización. En definitiva, al acudir a una reclamación laboral sin estar debidamente asesorado podrías frustrar tus expectativas de cobro.

    Asegúrate de cobrar la indemnización por despido objetivo que te corresponde con la ayuda de nuestros colaboradores.

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