Impugnar el despido disciplinario. Cómo hacerlo paso a paso

En esta guía rápida para impugnar el despido disciplinario descubrirás paso a paso cuál es el procedimiento para reclamar cuando tu relación laboral se extinga por esta vía. El despido disciplinario es uno de los más utilizados, lo que da lugar a que también sea el que más frecuentemente presenta irregularidades.

Impugnar el despido disciplinario

El despido disciplinario, para ser válido, debe fundamentarse en las causas amparadas por el Estatuto de los Trabajadores. Además, debe reunir ciertos requisitos sin los cuales resultará impugnable.

Por tanto, lo primero que debemos analizar a la hora de impugnar un despido disciplinario es si este se ajusta o no a la legalidad. Aunque ya hemos dedicado un artículo a explicar en qué consiste este tipo de despidos resumimos a continuación los elementos que deben cumplir para quedar amparados por la ley.

Causas del despido disciplinario

Las causas que permiten acudir al despido disciplinario se regulan en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de aquellos incumplimientos graves y culpables basados en:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia.
  • Ofensas verbales al empresario, a compañeros de trabajo o a los familiares que convivan con unos u otros.
  • Abuso de confianza y transgresión de la buena fe contractual.
  • Disminución voluntaria y continuada del rendimiento de trabajo normal o pactado.
  • Embriaguez habitual o toxicomanía, siempre que afecten negativamente al desempeño de la actividad.
  • Acoso por de origen racial o étnico, religión, discapacidad u orientación sexual. También acoso sexual o por razón de sexo, tanto al empresario como a otros compañeros de trabajo.

Ten en cuenta que el despido disciplinario se reserva para las formas más graves de incumplimiento laboral. Es decir, no puede utilizarse injustificadamente ya que un incumplimiento leve o eventual debería dar lugar a un expediente disciplinario y no a un despido.

En este sentido, la jurisprudencia recuerda que debe evaluarse la gravedad y culpabilidad de la conducta imputada. Véase a este efecto la STS de 19/07/2010, que referencia diferentes Sentencias sobre la materia.

Cómo proceder al despido disciplinario

Pero no es suficiente con que concurran las causas recogidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores para que el despido disciplinario sea efectivo. Además de ello el empresario deberá notificar su decisión por escrito al trabajador.

En su carta de despido consignará tanto la fecha de efectos del mismo como los hechos en los que se fundamenta. Como veremos más adelante, la carta de despido es de vital importancia, ya que será la base sobre la que elaboraremos nuestra estrategia procesal a la hora de recurrir.

En el caso de que el trabajador sea representante legal de los trabajadores o delegado sindical también será necesario abrir un expediente contradictorio. Así, serán oídos el interesado y el resto de la representación legal a la que pertenezca.

También deberá darse audiencia a los delegados sindicales cuando el trabajador despedido esté afiliado a un sindicato y el empresario conozca este extremo.

Por último, hay que recordar que los convenios colectivos pueden establecer otras causas de despido disciplinario así como otras exigencias formales para recurrir a este tipo de extinción.

Impugnar un despido disciplinario
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Efectos de la impugnación del despido

Al impugnar un despido disciplinario podremos obtener una resolución que lo califique de alguno de los siguientes modos:

  • Despido procedente. Se trata de aquellas decisiones extintivas que respetan las causas y requisitos exigidos por la ley. En consecuencia, si el despido se califica como procedente sus efectos serán convalidados. Por tanto, la relación laboral quedará extinguida y no tendremos derecho a indemnización alguna, aunque sí a acceder a la prestación por desempleo si reunimos los requisitos de cotización necesarios.
  • Despido improcedente. Se trata de aquellas decisiones extintivas que no están adecuadamente fundamentadas o no cumplen con las formalidades legales. En este caso nuestro empleador podrá readmitirnos en la empresa abonando los salarios de tramitación. También podrá confirmar su decisión extintiva, siempre y cuando pague la indemnización por despido improcedente. En el caso de que seamos representantes legales de los trabajadores la elección entre una u otra opción nos corresponde a nosotros.
  • Despido nulo. Se trata de aquellas decisiones extintivas que tienen por móvil una causa discriminatoria o que vulneran nuestros derechos fundamentales y libertades públicas. Dada la naturaleza parcialmente discrecional del despido disciplinario, no es infrecuente que el empresario incurra en nulidad a la hora de recurrir a este tipo de extinción de la relación laboral. Existen otras situaciones en que el despido será nulo, que son las relativas a determinadas bajas y suspensiones de contrato.

Pasos para impugnar un despido disciplinario

Ahora que hemos repasado las causas y formas del despido disciplinario y también sus consecuencias podemos entrar analizar su impugnación. Como ves, cuando el despido disciplinario sea procedente extinguirá tu relación laboral sin darte derecho a ninguna indemnización. Además, entre sus formalidades no incluye un preaviso, por lo que no tendrás tiempo de buscar otro trabajo antes de abandonar la empresa.

Por tanto, el despido improcedente es la forma de extinción de la relación laboral más lesiva para el trabajador. Y por eso suele convenir tratar de impugnar el despido. De este modo podemos convertirlo en un despido improcedente que, aunque difícilmente supondrá nuestro reingreso en la empresa, nos dará derecho a cobrar una indemnización.

Para ello deberás seguir los pasos que se detallan a continuación. No olvides asistirte por un abogado laboral especialista en impugnación de despidos disciplinarios. Estos profesionales tienen experiencia en situaciones como la tuya y podrán garantizar el éxito de tu reclamaciones. Además, te indicarán en cada momento qué hacer ante tu despido.

A continuación incluimos un formulario gracias al cual podrás contactar gratuitamente con tres profesionales del sector, que estudiarán tu situación y te brindarán su asistencia sin compromiso.

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    1. Cuestiones previas a la impugnación del despido

    Como hemos señalado, para extinguir la relación laboral el empresario deberá comunicarte su decisión por escrito. A ti te corresponderá firmar:

    • La carta de despido, que es la que determina la fecha de efectos de la decisión e incluye la relación de hechos que se le imputan.
    • Y la liquidación o finiquito, que es el documento donde se cuantifican las deudas salariales pendientes a efectos de su ingreso.

    Cuando el empresario te entregue estos documentos deberías firmarlos expresando tu falta de conformidad. Para ello basta con que escribas “no conforme” junto a tu firma.

    Desde este momento dispondrás de tan solo 20 días hábiles para iniciar tu reclamaciones. Gracias a nuestro formulario podrás contratar a un laboralista a tiempo para que no transcurra el plazo de caducidad.

    Siempre que tu despido no vulnere derechos fundamentales o libertades públicas las reclamaciones se iniciarán frente al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Para ello deberás presentar la papeleta de conciliación. En cualquier otro caso, o cuando esta reclamación extrajudicial fracase, deberás acudir a la vía judicial.

    Ten en cuenta que, a lo largo de tu reclamación, el empresario no podrá separarse de las causas aducidas en la carta de despido para defender su posición. Además deberá demostrar:

    1. Que has cometido los incumplimientos que te atribuye,
    2. Además, que estos tienen la suficiente gravedad como para justificar un despido.
    3. Por último, que eres culpable de los mismos.

    Si el empresario no te ha comunicado debidamente su decisión o la carta de despido no incluye la justificación de la misma podrás basar tu reclamación en cuestiones formales.

    2. Reclamación ante el SMAC

    Según el avance del Ministerio de Trabajo, a lo largo de 2019 las conciliaciones exitosas han representado el 35,4% de las presentadas. Tener éxito en este tipo de reclamación te ahorrará tiempo y dinero. Por tanto, en general interesa recurrir a este procedimiento ante un despido disciplinario.

    El procedimiento de reclamación ante el SMAC se regula en los artículos 63 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social. Este proceso se inicia presentando una papeleta de conciliación, en la que consignarás:

    • Tu identificación.
    • El lugar y clase de trabajo, incluyendo antigüedad, salario y otras remuneraciones y categoría profesional.
    • Hechos sobre los que se fundamenta su reclamación.
    • Cuantía de la reclamación.
    • Fecha del despido y motivos alegados por la empresa.

    La iniciación del procedimiento de conciliación laboral suspende el plazo de caducidad de la impugnación. De modo que, en el peor de los casos, te permitirá ganar tiempo.

    El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación os citará a ti y a la empresa para tratar de llegar a un acuerdo. Desde este momento se abren 4 posibilidades.

    Posibles conclusiones de la conciliación al tratar de impugnar un despido disciplinario

    • No compareces al acto de conciliación sin alegar justa causa. En este caso el procedimiento se archivará y se tendrá por no presentada la papeleta.
    • El empresario no comparece al acto de conciliación. Se tendrá por intentada la conciliación y se permitirá el acceso a la vía judicial. En estas situaciones el juez impondrá las costas del proceso al empresario que no haya acudido sin alegar causa justificada.
    • Ambos acudís a la convocatoria y llegáis a un acuerdo. El procedimiento terminará con avenencia. En este caso el contenido de la resolución será obligatorio tanto para tu empleador como para ti.
    • Ambos acudís a la convocatoria pero no llegáis a un acuerdo. Se dará por terminando el procedimiento sin avenencia y abriéndose la posibilidad de acudir a la jurisdicción social.

    En definitiva, el procedimiento de reclamación ante el SMAC puede suponer la terminación de tu impugnación siempre que llegues a un acuerdo. El empresario podrá reconocer la improcedencia del despido, readmitiéndote o pagándote una indemnización. En ambos casos resulta recomendable contar con la ayuda de un abogado laboral, ya que estos profesionales son expertos negociadores.

    3. Reclamación en vía judicial

    En caso de que la vía extrajudicial sea insatisfactoria podrás acudir a la jurisdicción social. Recuerda que el plazo de caducidad para presentar tu demanda por despido es de 20 días hábiles desde su fecha de efectos. En este sentido no computará el período durante el cual hayáis estado actuando frente al SMAC.

    La demanda contra el despido disciplinario debe determinar:

    • Antigüedad.
    • Categoría profesional.
    • Salario y tiempo y forma de pago.
    • Lugar de trabajo.
    • Modalidad y duración del contrato.
    • Jornada.
    • Categoría profesional.
    • En su caso, características particulares del puesto de trabajo.
    • Fecha de efectos del despido.
    • En su caso, cualidad de representante legal o sindical de los trabajadores y condición de afiliado del trabajador.

    Habrá que acompañar la demanda de la carta de despido o mencionar el contenido sustancial de la misma. En el caso de los representantes legales de los trabajadores también deberán aportar el expediente contradictorio, pues en caso de que no haya tenido lugar podrán impugnar el despido por defectos formales.

    Ratificada la demanda se expondrán las posiciones de cada una de las partes (primero las del demandado y luego las del demandante). Corresponde al demandado demostrar la realidad de los hechos imputados, no pudiendo alegar otros motivos de oposición a la demanda que los consignados en la comunicación del despido.

    La sentencia se dictará en plazo de 5 días y calificará el despido como procedente, improcedente o nulo, con los efectos que hemos señalado en el cuarto apartado de este artículo.

    Abogados laborales para impugnar despidos disciplinarios

    En definitiva, a la hora de impugnar un despido disciplinario es vital contar con la asesoría de un laboralista con experiencia en la materia. Si necesitas contratar a uno de estos profesionales, puedes hacerlo a través de nuestro formulario:

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