Accidente laboral: qué es y cuáles son sus consecuencias

El accidente laboral es aquel que se produce a causa del trabajo o en un marco laboral. Nuestro ordenamiento jurídico ofrece un régimen especial de protección para estas situaciones.

De modo que cuando un trabajador ha sufrido un accidente de trabajo gozará de mayor facilidad de acceso a las prestaciones de la Seguridad Social y, generalmente, disfrutará de mejores prestaciones.

A continuación analizamos este concepto para contarte qué efectos tiene que se declare el carácter profesional de los accidentes.

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    Definición del accidente laboral

    El accidente laboral está definido en el artículo 156 de la Ley General de Seguridad Social. Este lo define como una lesión corporal padecida por el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo.

    Muchas personas piensan que la diferencia entre el accidente de trabajo y la enfermedad profesional radica en que el primero es un resultado sorpresivo e instantáneo mientras que la segunda es un proceso de desmejora.

    Pero esto no es así. La clave de la enfermedad profesional es que se incluye en el cuadro contenido en el RD 1299/2006. Esto implica que complicaciones que habitualmente entenderíamos como enfermedades pueden entrar en el concepto de accidente laboral.

    Por ejemplo, el estrés no está reconocido en el cuadro antedicho. Pero se sabe que provoca patologías como pueden ser trastornos del sueño o ansiedad. En caso de que un médico te diera la baja por estas causas y estas tuvieran su origen en el trabajo estaríamos ante un accidente laboral, y no una enfermedad profesional.

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    Tipos especiales de accidentes laborales

    La Ley General de la Seguridad Social señala algunos tipos especiales de accidente de trabajo. Se trata de:

    • Accidentes in itinere. Son los que padece el trabajador al ir o volver del trabajo. La jurisprudencia sobre esta materia está muy desarrollada, delimitando con precisión qué se considera in itinere y qué no.
    • Los sufridos en ejercicio de cargos electivos de carácter sindical. Con esta previsión la Ley trata de cubrir a los representantes de los trabajadores, que pueden sufrir un accidente en el ejercicio de sus funciones.
    • Los derivados de tareas distintas a las propias del grupo profesional que se realicen bajo órdenes del empresario o espontáneamente para el buen funcionamiento de la empresa. En este caso se trata de salvaguardar al empleado que obedece al ius variandi del empresario o trata de evitar daños o mejorar la operativa de la compañía.
    • Los acaecidos en actos de salvamento y análogos cuando tengan conexión con el trabajo. Este caso se da sobre todo en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
    • Enfermedades contraídas en el trabajo si se prueba que su causa exclusiva es la realización del trabajo. Este es el caso que comentábamos relativo al estrés laboral.
    • Enfermedades y defectos que el trabajador ya padecía pero se agravaron en el trabajo, así como consecuencias del accidente agravadas por enfermedades intercurrentes.

    Efectos del accidente laboral

    En primer lugar debemos destacar que cualquier lesión sufrida durante el tiempo y en el lugar de trabajo se presume accidente laboral. Por tanto, será el empresario quien deba acreditar el origen común del padecimiento para evitar que se aplique el régimen especial de protección.

    Se excluyen los accidentes debidos a fuerza mayor ajena al trabajo (que nunca incluye los fenómenos de la naturaleza como el rayo o la insolación) y los que se deban a dolo o imprudencia temeraria del trabajador (que nunca incluye la imprudencia profesional).

    Alta automática

    Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo se le considerará en situación de alta en la Seguridad Social aunque el empresario no la haya cursado. Esto implica que tendrá derecho a acceder a las correspondientes prestaciones, sin perjuicio de la sanción procedente contra su empleador.

    De modo que los accidentes laborales facilitan el acceso a las prestaciones, al levantar el requisito de encontrarse en situación de alta.

    Menores requisitos de acceso a las prestaciones

    La mayoría de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social requieren que se acredite una carrera de cotización. Pero, en general, las contingencias profesionales permiten causar el derecho sin necesidad de demostrar un período cotizado.

    De modo que los accidentes laborales facilitan el acceso a las prestaciones, al hacerlas independientes de la carrera de cotización del profesional.

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    Mayores prestaciones económicas

    A la hora de calcular la base reguladora de las prestaciones de la Seguridad Social suele tenerse en cuenta la base de cotización. Esta incluye lo que llamaríamos “salario base”.

    Sin embargo, cuando la contingencia causante de la situación protegida (por ejemplo, una Incapacidad Permanente Total) es de tipo profesional el cálculo de la base reguladora incluirá:

    • Horas extras realizadas durante el ejercicio anterior.
    • Antigüedad del trabajador.
    • Pagas extraordinarias, beneficios y participaciones por el importe obtenido durante el año anterior.

    Además, el pago se realizará mensualmente (12 pagas) por lo que, a cambio de no cobrar pagas extras, el valor de estas se prorrateará.

    De modo que los accidentes laborales incrementan la cuantía de las prestaciones y pensiones, al incluir en su cálculo todos los conceptos salariales.

    El recargo por incumplimiento de normas de prevención de riesgos laborales

    Por último, cuando el accidente laboral se debe a un incumplimiento de las normas de Prevención de Riesgos Laborales por parte del empresario, el trabajador tendrá derecho a cobrar un recargo en sus pensiones.

    Este corre a cuenta del empleador, que es quien ha descuidado los dispositivos de precaución o las medidas de seguridad e higiene destinadas a evitar la lesión.

    La cuantía del recargo de las prestaciones dependerá de cada caso, variando entre un 30 y un 50 % que se añade a la base reguladora.

    Por eso, a la hora de exigir una indemnización por un accidente laboral conviene contar con un laboralista especializado en Derecho de la Seguridad Social, que sabrá cómo reclamar la mayor prestación. Si necesitas a uno de estos juristas te recomendamos rellenar nuestro formulario para obtener dos presupuestos gratuitos y sin compromiso.

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