¿Por qué deberías saber qué son los salarios de tramitación?

Los salarios de tramitación son un derecho de los trabajadores. Se trata de los importes que la persona no percibió desde la extinción contractual hasta la readmisión, por lo general dispuesta por sentencia. Es decir, una compensación por el tiempo que el trabajador estuvo de paro como consecuencia de un despido.

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    ¿En qué casos corresponde percibir salarios de tramitación?

    Existen diferentes situaciones por las cuales el trabajador tiene derecho a los salarios de tramitación.

    1. Nulidad del despido. Si la sentencia determina que el despido es nulo, corresponde la readmisión inmediata a su lugar de trabajo y el pago de los salarios de tramitación.
    2. Despido improcedente con readmisión del trabajador. Cuando la sentencia dictamina que el despido es improcedente, el empleador puede optar entre la readmisión o pagar indemnización que corresponda. Desde el año 2012, solo los trabajadores readmitidos tienen acceso a los salarios de tramitación como lo establece el Estatuto de los Trabajadores (art. 56).
    3. Despido improcedente de representante legal de los trabajadores o delegado. En estos casos la decisión de readmisión o no la toma el propio delegado o representante. Sea cual fuere su posición, en ambos casos tiene derecho a los salarios de tramitación por el tiempo que estuvo sin trabajo.

    A partir de la notificación de sentencia de despido improcedente, se otorgan 5 días al empleador para indemnizar o readmitir. Pasado el plazo sin una respuesta se da por entendido que el empleado será readmitido.

    ¿Qué sucede si la empresa ha cerrado al momento de la sentencia?

    Una situación posible es que se declare el despido improcedente pero sea imposible la readmisión porque la empresa ya ha cerrado. La Ley reguladora de la jurisdicción social (art. 110) expresa que en estos casos el trabajador puede solicitar la extinción del contrato laboral con fecha de la sentencia. Para esto se requiere:

    • Solicitud expresa de la extinción de relación laboral con fecha de la sentencia.
    • La acreditación del cierre de la empresa.

    Al no ser posible la readmisión frente a este tipo de despido improcedente, se debe pagar indemnización más salarios de tramitación.

    Incumplimientos graves del empleador

    El trabajador tiene la facultad de solicitar la extinción de la relación laboral por incumplimientos graves del empleador. Si obtiene como respuesta un despido puede cobrar los salarios de tramitación cuando se cumplen estos requisitos:

    1. Se comprueban los incumplimientos graves del empleador.
    2. Y se declara el despido improcedente.

    ¿Qué son incumplimientos graves? 

    • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo de seguir con los procedimientos establecidos y que causen un perjuicio a los trabajadores que menoscabe su dignidad.
    • Retrasos reiterados o falta de pago en los salarios pactados.
    • Otros incumplimientos que no limitan a hechos específicos.

    ¿Quién paga los salarios de tramitación?

    En las circunstancias comunes, los salarios correspondientes al periodo sin actividad son pagados por la empresa. Sin embargo, existen casos en que la responsabilidad de abonar recae en el Estado y en el FOGASA.

    ¿Cuándo paga el Estado los salarios de tramitación?

    En el supuesto que la sentencia es dictada con un plazo superior a 90 desde la presentación de la demanda, el Estado pagará:

    • Salarios de tramitación a partir del día 91.
    • Cuotas de Seguridad Social correspondientes a estos salarios.

    Este procedimiento no es automático. El empresario deberá abonar los importes al trabajador y a continuación presentar una reclamación administrativa por el excedente.

    ¿En qué situaciones paga FOGASA los salarios de tramitación?

    Le corresponde al Fondo de Garantía Salarial pagar los salarios de tramitación cuando:

    1. Se declara la insolvencia del empresario.
    2. La empresa se encuentra en concurso de acreedores.

     Cuantía de los salarios de tramitación

    El cálculo de los salarios de tramitación se realiza multiplicando el salario diario del trabajador por los días de inactividad, desde el despido hasta la notificación de sentencia. Se toma como base el salario al momento del despido.

    Reglas básicas para el cálculo

    • El empresario tiene la obligación de cotizar por los salarios correspondientes.
    • Los incrementos salariales posteriores al despido no se incluyen en el cálculo, a excepción de los declarados por convenio con efecto retroactivo.
    • Los periodos de IT posteriores al despido también serán excluidos, aunque se puedan reclamar los complementos.

    ¿Qué sucede con los salarios de tramitación en trabajadores con jornadas reducidas?

    Para el cálculo de los salarios de tramitación se tiene como base el importe que percibe el trabajador al momento del despido. Como en aquel momento estaba en situación de jornada reducida, la cuantía se corresponde a ese tipo de jornada.

    Existen por ley tres excepciones y se basan en el motivo de la reducción de jornada. Estas son:

    • Guarda legal de menores de doce años.
    • Nacimiento de un hijo.
    • Violencia de género.

    ¿Y en los contratos eventuales?

    Otra situación que se puede dar es que el despido improcedente recaiga sobre un contrato eventual. Los salarios de tramitación se pagarán hasta la fecha prevista como finalización del contrato de trabajo.

    ¿Se realizan descuentos sobre los salarios de tramitación?

    Las cantidades que el empleador tiene permitido descontar de los salarios de tramitación son:

    • Prestaciones por desempleo. Los importes que haya cobrado durante ese periodo el trabajador serán descontados y se devolverá al SEPE el importe de la prestación. Cuando esta es superior al salario de tramitación, será abonada por el empleado. Si es inferior la paga el empleador.
    • Salarios percibidos por otros empleos. Algunos trabajadores despedidos realizan otras actividades durante el tiempo entre el despido y la sentencia. En estos casos es deber del empleador demostrar que la persona tenía un nuevo trabajo y los salarios que percibía. Asimismo, si el salario del trabajo nuevo es superior, no se paga tramitación. Cuando es inferior, se paga la diferencia.
    • Cantidades percibidas por IT posterior al despido. Si existen diferencias entre las cuantías de la incapacidad temporal y los salarios de tramitación, el empleado tiene el derecho de reclamar las diferencias.

    Si necesitas tramitar un juicio de despido o tienes dudas sobre los importes que te deben abonar, te invitamos a completar nuestro formulario. Te pondremos en contacto gratuitamente con dos abogados laboralistas, de tu zona, para que elijas al que más te interese.

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