¿Me pueden obligar a coger vacaciones por coronavirus?

Muchos de vosotros nos habéis escrito para preguntar si os pueden obligar a coger vacaciones por coronavirus. Entendemos, por tanto, que vuestros empleadores están tratando de absorber parte del impacto de esta crisis consumiendo el tiempo de descanso que legalmente os pertenece.

De modo que, en lugar de contestaros uno a uno, hemos decidido subir esta entrada, donde explicamos el estado de la cuestión. Así os podremos remitir aquí cuando nos preguntéis si os pueden forzar a cogeros las vacaciones en estas fechas.

Además, hemos incluido un par de formularios gracias a los cuales podréis contactar con un laboralista con experiencia en la materia. Basta con que los rellenéis para que nuestros colaboradores os envíen dos presupuestos gratuitos y sin compromiso.

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    El derecho a vacaciones

    Aunque a muchos os pueda sorprender, el derecho a vacaciones es un derecho constitucional. Se encuentra regulado en el artículo 40.2 de la Constitución, que señala que:

    […] los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados”.

    El hecho de que se regule en la Constitución no le atribuye el máximo nivel de protección. Por ejemplo, el derecho a vacaciones no está cubierto por el recurso de amparo.

    Pero sí ayuda a que se tenga muy en cuenta en el resto del ordenamiento jurídico. Así, el Estatuto de los Trabajadores le dedica su artículo 38, donde dice claramente que:

    2. El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”.

    Por tanto, el Estatuto de los Trabajadores establece que el momento de disfrute de las vacaciones se establecerá mediante acuerdo. También determina:

    • Que en caso de desacuerdo se podrá acudir a la jurisdicción social.
    • Y que el trabajador debe conocer las fechas que le corresponden, al menos, con dos meses de antelación.

    ¿Pueden obligarme a coger vacaciones por coronavirus?

    Como vemos, la empresa no te puede obligar a coger vacaciones por coronavirus:

    1. En primer lugar, porque no hay un acuerdo.
    2. Y, en segundo lugar, porque no dispondrías del preaviso establecido en la ley.

    Por tanto, la situación laboral que realmente te corresponde es la de baja por accidente de trabajo. Esta situación no requiere que estés infectado, ya que contempla las cuarentenas preventivas.

    Al considerarse baja por accidente laboral, la cuarentena te da derecho a cobrar el 75 % de tu salario, sin que la empresa tenga que cargar con el abono. Pero si no le cuestas nada a la empresa, ¿por qué quiere obligarte a coger vacaciones por coronavirus?

    Básicamente porque si lo consigue, el tiempo que pases en cuarentena se descontará de tus vacaciones anuales. Lo cual implica que cuando pase la crisis sanitaria no podrás solicitarlo como tiempo de descanso, al computar como ya disfrutado.

    ¿Qué puede ocurrir si reclamo mis derechos?

    Nada. Esto es una cuestión muy relevante, porque muchos trabajadores temen reclamar sus derechos ante las posibles represalias de la empresa.

    Debes saber que en Derecho Laboral rige la “garantía de indemnidad”, que permite anular todas aquellas decisiones empresariales que represalien al trabajador por exigir sus derechos.

    Evidentemente, fuera del marco estrictamente jurídico se puede tensionar la relación con la empresa. Pero si estás leyendo este artículo es, probablemente, porque tu empleador está tratando de imponerte una decisión con la que no estás de acuerdo.

    En este caso, y para evitar tensiones, pensamos que lo mejor es contratar a un laboralista. No para que presente la correspondiente demanda (en principio), sino para que intermedie con el empresario.

    De este modo demostrarás tu firme intención de hacer valer tus derechos, al tiempo que das una muestra de buena fe al no lanzarte de inmediato a los tribunales.

    Además, hay ocasiones (especialmente en las pymes) en las que ni el propio empresario conoce la gravedad de sus decisiones. De modo que una conversación con tu abogado podría bastar para que no trate de obligarte a coger vacaciones en este período.

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