Cómo calcular el finiquito

Es importante saber cómo calcular el finiquito a la hora de finalizar un contrato de trabajo, sea o no por despido. Como ya indicamos en su momento, el finiquito es una propuesta de liquidación de las deudas laborales. Lo que implica que, en caso de calcularse mal, el trabajador no recibirá la cuantía debida por su empleador.

La propuesta de liquidación debe incluir todas las deudas que tengan su origen en la relación laboral, destacando:

  • Salario debido por los días trabajados entre el comienzo del mes y la fecha de extinción de la relación laboral.
  • Vacaciones devengadas y no disfrutadas.
  • Parte de las pagas extraordinarias devengada y todavía no abonada.
  • Horas extras realizadas y no pagadas.
  • Indemnización por despido o por fin del contrato
  • Otras cantidades adeudadas.

Cabe recordar que el trabajador también puede deberle dinero a la empresa, caso en el cual tendrá que devolverlo. Entremos a analizar cómo calcular el finiquito.

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    Cálculo del salario en el finiquito

    Para calcular la parte del salario que debe incluirse en el finiquito hay que multiplicar los días trabajados durante el mes de finalización del contrato por el salario diario.

    Es decir, tendremos que realizar dos cálculos:

    1. Cálculo del salario diario. Se multiplica el salario mensual por 12 y se divide entre 365.
      Por ejemplo, si el trabajador cobra 1.300 € al mes, al multiplicarlo por 12 obtendremos un salario anual de 15.600 €.
      Al dividir el salario anual entre 365 días saldrá un salario diario de 43,33 €.
    2. Multiplicar el salario diario por los días trabajados (desde el inicio del mes hasta la fecha de efectos de la extinción laboral).
      Así, si el trabajador del ejemplo anterior dejara la empresa el día 15, tendremos que multiplicar los 43,33 € del salario diario por lo 15 días, obteniendo un total de 649,95 €.

    Cálculo de las vacaciones en el finiquito

    La duración de las vacaciones de cada trabajador depende de lo estipulado en su convenio colectivo. El Estatuto de los Trabajadores establece un mínimo de 30 días al año.

    Cabe recordar que el disfrute de las vacaciones no puede sustituirse por una compensación económica. Esto implica que el empresario tendrá que pagar al trabajador como si estuviera disfrutando sus vacaciones y que este no podrá pedir el paro hasta que no hayan transcurrido los días que le hubieran correspondido en este concepto.

    Para calcular este valor habrá que:

    1. Multiplicar los días de vacaciones anuales por los días trabajados.
    2. Posteriormente dividiremos esta cantidad entre 360 para conocer el número de días a que se tienen derecho.
    3. A continuación se restarán los días ya disfrutados.
    4. Por último, se multiplicará esta cantidad por el salario diario.

    Así, siguiendo con el trabajador de nuestro ejemplo, supongamos que disfrutó de 5 días de vacaciones en enero y dejó su trabajo el 31 de mayo, teniendo derecho a 30 días anuales.

    En este caso, el empleado habrá trabajado durante 151 días, lo cual supone el derecho a 12 días de vacaciones.

    Como el trabajador ya ha disfrutado de 5 días, le quedan 7. Siendo su salario diario de 43,33 €, el empresario le debe 303,31 €.

    Consejo: para un cálculo rápido, basta con multiplicar los meses trabajados por 2,5 y sabrás aproximadamente los días de vacaciones devengados.

    Cálculo de las pagas extraordinarias

    El Estatuto de los Trabajadores también determina el derecho del trabajador a cobrar dos pagas extraordinarias al año. Aunque en este sentido habría que estar a lo pactado en el convenio colectivo y el contrato de trabajo (pues nada impide, por ejemplo, abonarlas prorrateadamente todos los meses), lo más normal es que se pague una mensualidad extra en Navidad y otra en julio.

    Para calcular la parte de las pagas extraordinarias devengadas habrá que:

    1. Calcular la paga extra correspondiente a cada día de trabajo. Para ello hay que multiplicar el salario mensual por dos (ya que hablamos de dos pagas extraordinarias) y dividirlo entre 360.
      Siguiendo con el ejemplo que llevábamos, el trabajador cobraba 1.300 € mensuales. Esto supone 2.600 € anuales en concepto de pagas extraordinarias.
      Lo que representa 7.22 € diarios en tal concepto.
    2. Calcular la paga extra devengada. Para ello deberemos multiplicar la anterior cifra por los días trabajados.
      Así, el empleado de nuestro ejemplo había trabajado 151 días, lo que supone que se devengaran 1.090,55 € a su favor.

    Consejo: para un cálculo rápido, basta con dividir tu salario mensual entre 6 y multiplicarlo por los meses trabajados desde tu última paga extraordinaria.

    Indemnización por despido

    La indemnización por despido solo se cobrará en el caso de que la relación laboral se extinga por voluntad del empresario. En estos casos, el cálculo dependerá de la forma del despido:

    Recuerda que también te corresponderá una indemnización por fin de contrato temporal si tu contrato era de este tipo.

    Cálculo de otras deudas laborales

    Al margen de estas cantidades, los finiquitos deben incluir cualquier otra deuda laboral. Por ejemplo, uno de los conceptos más frecuentes son las horas extras que se hayan realizado a lo largo del último mes de trabajo, así como todas aquellas que no se hubieran pagado.

    Otro de los conceptos que podría incluirse aquí son las nóminas atrasadas. En el caso de que el empresario se haya atrasado en el pago de salarios, horas extra u otros conceptos deberá liquidar estos conceptos en el finiquito.

    También pueden incluirse compensaciones por dietas, pluses, anticipos y otras partidas laborales.

    Cómo reclamar el finiquito

    Recordemos que el finiquito se cobra en todo caso. Es decir, el trabajador no tiene por qué haber sido despedido. Incluso en el caso de que curse una baja voluntaria se tendrá que hacer cuentas para liquidar y pagar las deudas laborales.

    Si el trabajador no está conforme con la liquidación realizada podrá hacerlo constar a la hora de firmar la propuesta. No hacerlo no impide la reclamación posterior, pero sí la dificultará.

    Una vez recibida la propuesta de liquidación, el trabajador dispondrá del plazo de un año para presentar su papeleta de conciliación frente al SMAC y, posteriormente, la correspondiente demanda ante el orden social.

    Ahora que sabes cómo calcular el finiquito te recomendamos contratar a un laboralista con experiencia en reclamaciones de cantidades laborales si no estás de acuerdo con la cantidad recibida. Rellenando nuestro formulario, el equipo de LexGo App te pondrá en contacto con dos profesionales. Recibirás sus presupuestos gratuitamente y podrás contratar (o no) al que prefieras sin compromiso.

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